El Encierro

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Normativa

El encierro de Pamplona está regulado por una serie de normas y costumbres que impone la tradición secular. Pero además, existe un bando municipal del Ayuntamiento de Pamplona y una ley navarra de Espectáculos Taurinos, cuyo articulado es de obligado cumplimiento para todos los participantes en la carrera.

Esta normativa, que si se infringe lleva aparejada sanciones administrativas en forma de multas, señala una serie de prohibiciones, entre las que destacan:

- No se permite correr a los menores de 18 años.

- Está prohibido situarse fuera de los espacios acotados por la policía antes de comenzar la carrera.

- No está permitido resguardarse en el quicio de portales, rincones o ángulos muertos del recorrido antes de que lleguen los toros.

- Los portales vecinales y locales comerciales deben tener sus puertas siempre cerradas.

- Está prohibido correr bajo los efectos del alcohol o las drogas.

- No se permitirá portar cámaras de fotos o video, ni calzar o vestir inapropiadamente para la carrera. Tampoco se permitirá portar objetos voluminosos que impidan el buen desarrollo de la carrera o que estorben a los demás participantes, como mochilas, paquetes, grandes sombreros, etc.

- Queda terminantemente prohibido citar a las reses o llamar su atención por cualquier medio. Esta norma será especialmente seguida en el ruedo de la plaza de toros.

- No se puede agarrar, hostigar, recortar o volver a los toros; hay que ayudar a que la manada corra en el sentido correcto del encierro -nunca al revés-, y que la carrera dure lo menos posible.

Antes de la carrera, la megafonía instalada en la plaza del Ayuntamiento anuncia estas prohibiciones en castellano, inglés y francés, y el alcalde o el concejal de protección ciudadana, más el jefe de la policía municipal, inspeccionan el trayecto para comprobar que la normativa se cumple.